Legalidad

Documentos de llevanza obligatoria para las entidades mercantiles

Cualquier empresa que se constituye, tanto sea titularidad de un empresario autónomo o de una persona jurídica, debe cumplir una serie de obligaciones documentales referentes a la actividad económica que desarrolla. Estas obligaciones son más amplias cuando hablamos de entidades de capital.

Las entidades mercantiles deben llevar una serie de libros exigidos por la normativa contable, por la fiscal y por la propia legislación de las sociedades.

Libros internos

¿Cómo se disuelve una sociedad civil?

La disolución de una sociedad civil es un procedimiento más simple que el establecido para las entidades mercantiles. Del mismo modo que la constitución parte de un acuerdo privado entre las partes, la disolución también es más sencilla cuando todos los socios consienten y no existen deudas que haya que afrontar. En primer lugar, deben atenderse las deudas con terceros y con la administración pública.

Se eliminan los límites para los embargos telemáticos de la Seguridad Social

Desde el pasado 1 de marzo, la Tesorería General de la Seguridad Social ha eliminado el tope máximo de la cuantía económica susceptible de embargo a los ciudadanos que tengan deudas con este organismo. Hasta la fecha, las resoluciones de embargo telemático de efectivo en cuentas abiertas en bancos y cajas de ahorro tan solo podían dictarse por un importe máximo de 4.000 euros.

Requisitos para el funcionamiento de los establecimientos comerciales

Cuando se plantea la apertura de un establecimiento comercial suele pensarse en las licencias necesarias para poner en marcha el negocio, bien sean de índole municipal, estatal o autonómico.

Las modificaciones en la prestación por desempleo derivadas del plan de apoyo a los emprendedores

Las nuevas medidas de apoyo a los emprendedores incluyen una serie de aspectos referentes a las prestaciones por desempleo y su compatibilidad con una nueva actividad empresarial y el sistema de pago único de la capitalización de dicha prestación.

Modalidades de cobro del pago único de la prestación por desempleo

Una persona que pretenda iniciar una actividad económica por cuenta propia y previamente haya generado el derecho a percibir la prestación por desempleo puede optar por su capitalización, que supone el cobro de la cantidad acumulada en lo que se llama el pago único. El pago único supone que la persona, en lugar de cobrar la prestación en mensualidades durante el tiempo en que no esté en activo, lo cobra de una sola vez.

Cómo funcionan las sociedades patrimoniales

Las sociedades patrimoniales, tal como las conocemos hoy en día, son aquellas que tienen la mayor parte de su activo formado por valores (sociedad en cartera) o en las que el 50% del activo, normalmente inmuebles, no está afecto a una actividad económica. Es decir, son meras sociedades de tenencia de bienes o de cartera y no realizan actividad empresarial. Una sociedad patrimonial no existe de forma diferenciada desde el punto de vista mercantil, sino que es una sociedad de capital constituida de forma usual en la que se cumplen las condiciones anteriores.

Hacienda podrá revisar los expedientes anulados por la vía contenciosa

El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia que sienta un precedente novedoso en relación a las inspecciones practicadas por la Agencia Tributaria. Según esta sentencia, Hacienda podrá repetir liquidaciones anuladas en el procedimiento contencioso-administrativo cuando la anulación se deba a errores formales o materiales de los inspectores encargados de la gestión de los expedientes.

¿Cuáles son los trámites necesarios para disolver una sociedad mercantil?

Cuando una sociedad mercantil decide disolverse, en primer lugar debe asegurarse de que no existen deudas pendientes de pago, pues de lo contrario la disolución no podría darse. Por ello el primer paso es saldar las obligaciones contraídas y resarcirse de los derechos de cobro. Este procedimiento se denomina liquidación.

En 2013 finaliza el plazo para cumplir con la Ley de Morosidad

En 2013 finaliza el periodo transitorio establecido en la Ley de Morosidad, Ley 15/2010, para adecuar los pagos a proveedores a los plazos en ella establecidos. A raíz de la entrada en vigor de la Ley se iniciaba un periodo durante el cual las empresas debían ir reduciendo los plazos de pago, desde lo 85 días fijados para 2010 y 2011, 75 en 2012 y 60 en 2013. Por lo tanto, a partir del 1 de enero cualquier empresa privada deberá cumplir con sus pagos en 60 días.

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